Pere Navarro, director de la Dirección General de Tráfico (DGT), quiere reducir el elevado número de alegaciones que se llevan a cabo a día de hoy de las multas por exceso de velocidad y que acaban en los tribunales. ¿Cómo pretende atajarlo? Llevando a cabo un cambio que afectaría al margen de error que actualmente se aplica a los radares que ponen multas de velocidad, y que actualmente es de 7 km/h en los tramos limitados a menos de 100 km/h y de un 7% para velocidades superiores a los 100 km/h.
Durante el último año, decenas de sentencias han sido favorables a conductores y ahora, según la Automovilistas Europeos Asociados (AEA), se espera que con la reciente medida llevada a cabo para reducir el límite de velocidad a 90 km/h en vías secundarias, estas multas de tráfico por exceso de velocidad podrían multiplicarse debido a que tal y como argumentan, la DGT no estaría aplicando de manera correcta los márgenes de error.
Navarro, por su parte, argumenta que ??Si hay que dar más margen, se da más margen y no pasa nada, lo que queremos es evitar discusiones evitables?. De hecho, en una de las últimas sentencias del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra, se hace referencia a que la velocidad que figura en las fotografías debe corregirse de acuerdo al margen de error del cinemómetro, variable en función de si es fijo, está en un trípode o está en un vehículo estacionado o en movimiento.
Según argumenta el juzgado gallego, debe corregirse en cada caso la velocidad detectada por el radar, aplicando a la baja el índice máximo de error admisible, por lo que si la velocidad del vehículo detectada por el cinemómetro es igual o inferior a 100 km/h, se le deberían restar 5 km/h en caso de posición estética o 7 km/h en caso de haberse llevado a cabo con un vehículo en movimiento.
En este caso concreto que es hoy protagonista, se falló a favor del demandado, ya que al no acreditarse que el radar se encontraba inmóvil, se tendría que aplicar un exceso de velocidad de 75 km/h sobre el máximo de 50 km/h, pasando de la sanción de 4 puntos y 400 euros impuesta a una de 300 euros y 2 puntos.