Por el momento se trata de un borrador con fecha del 25 de Febrero, pero no se esperan grandes cambios en él antes de que se apruebe. El cambio más importante que introduce en la actual legislación es sin duda el aumento en el límite en algunas autopistas y autovías de 130 Km/h, aunque también varían otros límites que había fijados hasta la fecha.
Ojo, que en términos generales, la velocidad sigue siendo 120 Km/h, pero ahora, tal y como anunció la DGT hace tiempo, mediante paneles variables establecerán en algunas de esas vías el límite en 130 Km/h para turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas. ¿Qué criterios se usarán para otorgar ese límite a determinados tramos? pues se tendrán en cuenta las condiciones climatológicas actuales, la pavimentación del asfalto, un índice de siniestralidad bajo así como las condiciones ambientales. Habrá que ver en la práctica cuantas carreteras pueden acogerse a esta ampliación.
Por su parte, en las carreteras convencionales también se modificada la velocidad máxima que está establecida en la actualidad (100 Km/h), pasando a ser de 90 km/h, y aquellas con una anchura de plataforma igual o superior a 6,5 metros se reducirá a 70 km/h y 50 km/h (si tienen marcas de separación o no, respectivamente).
Otra de las reformas incluidas en el borrador que podrían ser bastante polémicas es que se prohíbe el uso de detectores de radar (ojo, no de inhibridores, que esos sí que estaban prohibidos). Es decir, que pasarían a ser ilegales tanto los aparatos, como los programas y navegadores con los puntos puntos de radares marcados que avisan al conductor de su proximidad a ellos para que aminore la velocidad.
Así mismo, aquellas personas que ya sea por un certificado médico, pasajeros de vehículos de urgencias o taxistas estuvieran exentos de llevar puestos el cinturón de seguridad, ahora deberán llevarlo obligatoriamente puesto. Los niños con una altura inferior a los 1,35 metros no podrán circular en las plazas delanteras.
En el apartado urbano, también habrá una modificación, referente a calles de un sólo carril y sentido único de circulación o de un carril por sentido de circulación el límite será de 30 km/h, por su parte, en las vías urbanas con una de calzada y acera el límite será de 20 km/h.
Vía: El mundo